Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1882-1883 (Cortes de 1881 a 1884)
Sesión: 11 de enero de 1883
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones: 19, 420-421
Tema: Crisis y modificación del Gobierno

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Pido la palabra.

El Sr. PRESIDENTE: La tiene V. S.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): El Sr. Cos-Gayón, como es tan vehemente, se ha empeñado en que yo haya de contestarle, después de creer yo que lo había hecho el Sr. Ministro de Hacienda. (Sr. Cos-Gayón: Lo había intentado.) Pero voy a contestar a S. S., porque tengo medios suficientes para ello, mucho gusto en hacerlo, y deseos de complacer a S. S.

Ni está secuestrada la Regia prerrogativa, ni este Ministerio deja de ser continuación del Ministerio anterior. Lo que hay, Sr. Cos-Gayón, es que S. S. y sus amigos predican mucho en la oposición la pureza de la doctrina, y hacen todo lo contrario en el poder: lo que hay es, que cuando entró en el poder el partido liberal, casi a mediados de Febrero, no tenía el partido conservador presentados los presupuestos; de lo que resultaba que el partido liberal entraba en el poder sin estar discutidos ni estar presentados tampoco los presupuestos que habían de empezar a regir en 1º de julio, viéndose el partido constitucional en el conflicto de faltar a la Constitución o de no poder aceptar el poder.

Y eso es lo que decía el Sr. Ministro de la Gobernación: que no hay derecho para hacer esto en ningún partido. (Sr. Cos-Gayón: Esta en un error el señor Presidente del Consejo de Ministros los presupuestos regían por virtud de una ley.) Regían por una especie de autorización. Dice la Constitución que cuando no puedan discutirse los presupuestos, que deben votarse según la Constitución todos los años, regirán los presupuestos anteriores que hayan sido votados por las Cortes. (El Sr. Cos-Gayón: Pero es que fueron discutidos.)

Pues bien; resulta que ahora en ningún caso estaría cohibida la prerrogativa Regia, porque aun cuando no estuviera tan distante el día 1º de julio como lo está, habiendo tiempo suficiente para discutir los [420] presupuestos; aun cuando no quedara tanto tiempo y no pudieran discutirse los presupuestos, todavía le quedaría al Gobierno que reemplazara al actual el recurso por virtud del cual pueden regir los presupuestos últimos votados por las Cortes.

De manera que la base de la argumentación del Sr. Cos-Gayón desaparece por completo; no está, pues, cohibida la Regia prerrogativa. Pero además, ¿se nos puede hacer cargo de no haber presentado unos presupuestos que de seguro lo estarían a no haber ocurrido la crisis? Y de todos modos, ¿no lo estarán en los primeros días de febrero? ¿No creen todos que esta es la fecha más favorable para la presentación de los presupuestos?

Aun la Constitución de 1869, que eran tan coercitiva de las facultades del Monarca, disponía que los presupuestos hubieran de presentarse antes del 10 de febrero, y precisamente antes de esa fecha el Gobierno no habrá presentado los presupuestos para el ejercicio próximo.

Pero aunque se retrasara algo la presentación de los presupuestos, dada la crisis que ha tenido lugar y el estudio que de ellos tiene que hacer el nuevo Ministro de Hacienda, estudio que ya tenía hecho el Ministro de Hacienda que ha dejado de serlo, pues los tenía preparados, ¿por qué nos hace cargos el Sr. Gayón sin tener motivo para ello? No hemos faltado al precepto constitucional, no hemos secuestrado la prerrogativa Regia y somos la continuación del Gobierno anterior.

Claro está que las palabras leídas por S. S., lo mismo del Ministro de la Gobernación que del de Gracia y Justicia que han formado parte del Gabinete anterior, se referían a los planes de Hacienda que vosotros ofrecíais; y cuando ibais a suspender las Cortes os decíamos: no las suspendáis, porque es necesario que estudiemos esos planes, porque es muy difícil examinarlos rápidamente, porque hay que estudiarlos con detenimiento: tratase de la conversión de la deuda, y si hay vacaciones no se podrá estudiar convenientemente esa cuestión.

Pero cuando ya no se trata de planes nuevos; cuando se trata de un presupuesto discutido y votado en sus líneas generales por las Cortes, de un presupuesto ordinario en el cual sólo hay que hacer aquellas modificaciones que la experiencia haya acreditado como necesarias, ¿no es bastante tiempo presentarlos con anticipación de cinco meses? ¿Cree el Sr. Cos-Gayón que no hay tiempo bastante? Pues no los ha presentado nunca ningún partido con más anticipación. Aquí tiene S. S. por qué el Ministro de la Gobernación decía que el Gobierno debía presentar los presupuestos, como medio de facilitar la discusión, en el primer mes de reunidas las Cortes.

Pues el primer mes de reunidas las Cortes pensaba haberlos presentado el Gobierno anterior; y como ha desaparecido, éste, siguiendo el pensamiento del anterior, como que es continuación de aquel, los presentará lo antes posible. Esté, pues, tranquilo el señor Cos-Gayón, que tendrá tiempo de discutirlos tan ampliamente como quiera; y si, lo que no es de esperar por ahora, este Ministerio desapareciera y le reemplazara otro, tiene tiempo para presentar los presupuestos; y si no lo tuviera, tiene el recurso que le da la ley, para que sirvan los presupuestos votados y discutidos por las Cortes anteriores. Por consiguiente, en ningún caso puede haber dificultad parlamentaria ni constitucional de ningún género, y me parecía a mí que no debía haber hecho este argumento, pues no conseguiría más que perder un tiempo que podemos dedicar a otra cosa, porque en último término los presupuestos vendrán a tiempo y se discutirán tan detenidamente como S. S. quiera, y ya se cansará S. S. de discutir presupuestos. [421]



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